La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), como Entidad Pública Empresarial, ha convocado un proceso de selección para cubrir dos plazas de Técnico Comercial (nivel 13) dentro de la Dirección Comercial. Estas plazas se ofertan bajo un contrato laboral fijo.

 

Requisitos de admisión para las plazas de Técnico Comercial (nivel 13) en la FNMT-RCM:

Los interesados en participar en el proceso de selección deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la formalización del contrato:

1. Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser ciudadano de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) El cónyuge de ciudadanos españoles o de otros Estados miembros de la Unión Europea, independientemente de la nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Podrán participar igualmente sus descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
d) Personas amparadas por los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que se regule la libre circulación de trabajadores.
e) Los no nacionales que cuenten con permiso de trabajo y residencia en España.

2. Titulación:

a) Estar en posesión de un título universitario de Grado Superior en alguna de las siguientes ramas: Enseñanzas Técnicas, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias o Ciencias de la Salud.
b) Cualquier título de Grado en las ramas de Ingeniería y Arquitectura, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias o Ciencias de la Salud.

Las titulaciones obtenidas en el extranjero deben estar homologadas o contar con el certificado de equivalencia correspondiente. Este requisito no se aplicará a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en profesiones reguladas bajo el Derecho Comunitario.

3. Otros requisitos:

a) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación.
b) Poseer la capacidad funcional necesaria para desempeñar las tareas del puesto.
c) No haber sido sancionado con separación del servicio en ninguna Administración Pública mediante expediente disciplinario, ni estar inhabilitado para ocupar empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los ciudadanos de otros Estados deberán acreditar que no han sido sancionados o inhabilitados de manera equivalente en sus países de origen.

 

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