La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda, como Entidad Pública Empresarial, ha abierto un proceso de selección para cubrir dos plazas de Oficial de 2ª Eléctrico-Electrónico Central (nivel 8). Estas plazas corresponden al Departamento de Mantenimiento, y el contrato será de carácter fijo, bajo un régimen laboral.

Los interesados en participar en el proceso de selección deberán cumplir con los siguientes requisitos al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de formalización del contrato:

  1. Nacionalidad: a) Ser ciudadano español.
    b) Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.
    c) El cónyuge de ciudadanos españoles o de otros Estados miembros de la Unión Europea, independientemente de su nacionalidad, siempre que no estén separados legalmente. También podrán participar los descendientes menores de 21 años o mayores que sean dependientes.
    d) Personas acogidas a los tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por España que permitan la libre circulación de trabajadores.
    e) Extranjeros con permiso de trabajo y residencia en España.

  2. Titulación: a) Poseer un título de Ciclo Formativo de Grado Superior en la rama de Electricidad y Electrónica o su equivalente legal.
    b) Tener un título de Ciclo Formativo de Grado Medio en la misma rama o equivalente, siempre que se acredite una experiencia mínima de dos años como Oficial 2ª Eléctrico-Electrónico a tiempo completo, según lo estipulado en la base cuarta.
    Los títulos obtenidos en el extranjero deben estar homologados. No será necesario este requisito si la cualificación profesional ha sido reconocida según las disposiciones del Derecho Comunitario.
    c) También podrán participar quienes acrediten al menos tres años de experiencia como Oficial 2ª Eléctrico-Electrónico a tiempo completo, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta.

  3. Tener al menos 16 años y no exceder la edad máxima de jubilación.

  4. Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones del puesto.

  5. No haber sido sancionado con la separación del servicio en ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para ocupar empleos o cargos públicos por sentencia judicial. Para ciudadanos de otros países, no estar en situación de inhabilitación o equivalente en su país de origen que les impida acceder al empleo público.

 

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