El Convenio Colectivo Estatal de Jardinería establece las condiciones laborales y salariales para los trabajadores del sector en España. Para el año 2024, se ha acordado una revisión salarial que implica un aumento del 3% respecto al año anterior.

 

Revisión salarial para 2024

Según la Resolución de 15 de noviembre de 2024, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establece una revisión salarial para los años 2023, 2024 y 2025 del V Convenio colectivo de empresas de centros de jardinería. Los incrementos acordados son los siguientes:

  • 2023: 3,3%

  • 2024: 3%

  • 2025: 2,7%

Estos porcentajes se aplican sobre las tablas salariales vigentes, ajustando los salarios base de cada categoría profesional.

Tablas salariales para 2024

A continuación, se detallan los salarios anuales para 2024 según las diferentes categorías profesionales:

  • Mandos: 25.401,73 €

  • Técnicos: 19.745,47 €

  • Profesionales: 17.832,62 €

  • Personal base: 16.583,00 €

Además, se establece un plus de desplazamiento de 75,83 € para el año 2024.BOE

Es importante destacar que estos salarios corresponden a la jornada completa y pueden variar en función de la jornada laboral y otros complementos específicos establecidos en el convenio.

 

Plus de antigüedad

El convenio también contempla un plus por antigüedad, que se aplica en función de los años de servicio del trabajador en la empresa. Este plus se suma al salario base y varía según la categoría profesional y los trienios cumplidos.

 

Otros complementos

Además del salario base y el plus de antigüedad, el convenio establece otros complementos salariales, como:

  • Plus de transporte

  • Plus de conservación y mantenimiento de vestuario

  • Plus por trabajos tóxicos, penosos o peligrosos

  • Horas extraordinarias

  • Dietas por desplazamiento

Estos complementos tienen cuantías específicas y condiciones de aplicación detalladas en el texto del convenio.

 

Vigencia del convenio

El V Convenio Colectivo de Empresas de Centros de Jardinería mantiene su vigencia en todos los aspectos no modificados por la revisión salarial. Las condiciones laborales, derechos y obligaciones establecidos en el convenio continúan siendo de aplicación para las partes firmantes.BOE