Órgano convocante: Ministerio de Defensa
Selección de: Personal estatutario, militar u otro
Vía: Militar
Titulación: Consultar en la convocatoria
Requisitos: Consultar en la convocatoria
Plazas: Total: 56, Libres: 56
Ámbito geográfico: Nacional
Observaciones: Directo (2024051)
Dirección de Internet: Más información enlace

Plazos (*): Hasta el 29/05/2024. El período para presentar las solicitudes será de quince (15) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Pruebas Selectivas: Inscripción en pruebas selectivas enlace

Disposiciones: Fuente: Boletín Oficial del Estado. Publicado el 08/05/2024. Despachado el 07/05/2024.

Descripción: Resolución 452/38152/2024, del 7 de mayo, de la Subsecretaría, convocando los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las modalidades de ingreso directo y promoción, para unirse como militar de carrera o ser asignado como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos

BOE

Requisitos generales

1. Ser ciudadano español.
2. No superar las siguientes edades máximas en el año 2024:
– Para el ingreso directo como militar de carrera, promoción interna y cambio de cuerpo: No hay límite de edad.
– Para el ingreso directo como militar de complemento: 30 años.
3. No estar privado de los derechos civiles.
4. No tener antecedentes penales.
5. No estar bajo proceso judicial por un delito doloso.
6. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas de manera firme.
7. Poseer, o estar en condiciones de poseer, la titulación o nivel de estudios requerido para el acceso a la escala y cuerpo correspondientes, habiendo completado el plan de estudios necesario y cumplido los trámites legales para su expedición.
8. No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las razones establecidas en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
9. No haber resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas debido a un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o condiciones psicofísicas.
10. No participar en procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características si se ha causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
11. En caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o drogas en un proceso de selección anterior, deberá haber transcurrido un año desde la exclusión.
12. No haber dado positivo en pruebas de detección de sustancias psicotrópicas o drogas realizadas dentro del año anterior a la fecha límite de presentación de solicitudes.
13. No tener sanciones disciplinarias por faltas graves o muy graves anotadas de forma firme en su historial militar individual.
14. En la modalidad de ingreso directo, no podrán presentarse al proceso de selección para una determinada escala aquellas personas que formen parte del alumnado de la enseñanza militar de formación de esa misma escala por haber sido seleccionadas en un proceso anterior.