A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo de las empleadas del hogar en España ha sido actualizado conforme al Real Decreto 87/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de febrero de 2025

Salario mínimo interprofesional (SMI) 2025

  • Mensual (14 pagas): 1.184 € brutos

  • Anual: 16.576 € brutos

  • Mensual (12 pagas con pagas extras prorrateadas): 1.381,33 € brutos

Este incremento del 4,4% respecto al año anterior beneficia directamente a aproximadamente 2,4 millones de trabajadores, siendo el 65,8% mujeres

Salario para empleadas del hogar en 2025

Trabajo por horas

Las empleadas del hogar que trabajan por horas deben recibir un mínimo de 9,26 € por hora efectivamente trabajada, incluyendo vacaciones y pagas extras .​

Jornada completa

Para una jornada de 40 horas semanales:

  • Salario mensual (14 pagas): 1.184 € brutos (aproximadamente 1.095,87 € netos)

  • Salario mensual (12 pagas con pagas extras prorrateadas): 1.381,33 € brutos (aproximadamente 1.293,20 € netos)

Cotizaciones a la seguridad social

Las cotizaciones a la Seguridad Social para empleadas del hogar varían según la base de cotización y el salario acordado. Para calcular la cuota correspondiente, puedes utilizar la calculadora oficial de la Seguridad Social:

Calculadora de cuota en Empleo de Hogar

Aplicación retroactiva

La subida del SMI tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025. Esto significa que cualquier ajuste salarial debe aplicarse desde esa fecha, incluyendo posibles pagos atrasados

Ejemplo práctico

Si una empleada del hogar trabaja 20 horas semanales, su salario mínimo mensual en 14 pagas sería:

  • 1.184 € / 40 horas x 20 horas = 592 € brutos

Es fundamental que el salario se ajuste proporcionalmente a las horas trabajadas, respetando siempre el mínimo legal establecido.

Obligaciones del empleador

  • Contrato por escrito: Obligatorio para cualquier duración del empleo.

  • Alta en la Seguridad Social: Debe realizarse antes del inicio de la actividad laboral.

  • Salario conforme al SMI: El salario acordado no puede ser inferior al mínimo legal establecido.

  • Pago de cotizaciones: El empleador es responsable de ingresar las cotizaciones correspondientes.