Convocatoria para Maquinistas de Entrada en Tráficos de Ámbito Estatal – Grupo Renfe
Referencia: POE25-02/2419
Ubicación: Varias provincias en todo el territorio estatal
Número de plazas: 470
Objeto de la Convocatoria
Se convoca un total de 470 plazas para el puesto de Maquinista de Entrada en Tráficos de Ámbito Estatal, dentro del proceso de reposición de personal 2025 del Grupo Renfe.
Las condiciones laborales y salariales estarán sujetas al Convenio Colectivo del Grupo Renfe.
La asignación de destinos específicos será determinada por la empresa en el momento de la resolución de la convocatoria, en función de las necesidades operativas.
Detalles de la Convocatoria
Renfe Operadora, empresa matriz del Grupo Renfe, convoca este proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, conforme a las autorizaciones y regulaciones establecidas en el Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre.
El Grupo Renfe asegura que el proceso de selección respetará los principios de igualdad, mérito y capacidad, promoviendo el equilibrio de género y fomentando la representación de colectivos subrepresentados. Se regirá por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el II Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos (Acuerdo de Consejo de Ministros de 2014).
Requisitos Generales
Para ser admitido en el proceso, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos a la fecha de finalización de la convocatoria y mantenerlos hasta la formalización del contrato:
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Nacionalidad:
- Ser español, ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea (UE) o de un país que aplique el Reglamento (UE) n.º 492/2011 sobre libre circulación de trabajadores.
- También podrán participar los cónyuges y descendientes menores de 21 años o mayores dependientes de ciudadanos de la UE.
- También podrán postularse aquellos extranjeros que residan legalmente en España y posean autorización para trabajar sin restricciones.
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Idioma:
- Conocimiento adecuado del español.
- Los candidatos que no sean de nacionalidad española deberán demostrar dominio del idioma a través de las pruebas selectivas.
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Edad y condiciones legales:
- Haber cumplido la edad mínima legal para la contratación.
- Disponer de los permisos de trabajo necesarios según la normativa vigente.
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Titulación académica:
- Poseer la titulación exigida en la convocatoria.
- Si el título fue obtenido en el extranjero, debe estar homologado o convalidado oficialmente.
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Situación administrativa:
- No haber sido despedido disciplinariamente ni declarado “no apto” en el desempeño de funciones dentro del Grupo Renfe.
- No haber tenido un contrato extinguido con Renfe por despido disciplinario en un puesto similar.
- No tener una relación laboral indefinida con el Grupo Renfe.
- No haber causado baja definitiva por un expediente de regulación de empleo en Renfe o en otra administración pública.
- No estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
Requisitos Específicos
Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos a 27 de febrero de 2025 y mantenerlos vigentes hasta su incorporación al puesto:
- Título de Conducción de Vehículos Ferroviarios de categoría B válido o Licencia de Conducción junto con el Diploma de conocimientos generales mínimos para Certificados de categoría B, en vigor.
- Certificado de aptitud psicofísica en vigor, conforme al artículo 63 de la Orden FOM 2872/2010, de 5 de noviembre.
- Disponibilidad geográfica dentro del ámbito de la convocatoria.
- Disponibilidad para trabajar en turnos rotativos.
Requisitos Valorables
Se considerará como mérito adicional:
- Poseer un nivel B1 o superior de inglés, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL).
Acreditación de Requisitos
- Título de Conducción y Certificado de Aptitud Psicofísica: Se deberá aportar copia oficial de ambos documentos.
- Reciclaje del título de conducción: Si corresponde, se debe incluir el certificado de mantenimiento del título.
- Nivel de idioma: Se requerirá un certificado oficial acreditativo del nivel de inglés.
Los candidatos deberán aceptar expresamente la declaración responsable incluida en el formulario de inscripción para continuar en el proceso de selección.
Publicación de la Convocatoria
La presente oferta de empleo será publicada en:
Portal de Empleo del Grupo Renfe: https://empleo.renfe.com
Portal Corporativo Interesa
Toda la información relevante será publicada en estos canales.
Plazo y Presentación de Solicitudes
- Fecha de inicio: 13 de febrero de 2025
- Fecha de cierre: 27 de febrero de 2025
Este mismo plazo será el único hábil para impugnar la convocatoria.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través del Portal de Empleo del Grupo Renfe.
Abono de Derechos de Participación
- Importe: 15 €
- Método de pago: Pasarela de pago de Caixabank, siguiendo las instrucciones del formulario de inscripción.
Importante:
- La falta de pago o el ingreso incorrecto invalidará la inscripción.
- No se reembolsará la tasa en caso de no obtener plaza, no presentarse a las pruebas, no cumplir los requisitos, duplicar inscripción o no formalizar la inscripción correctamente.
Exenciones de pago
Estarán exentas del pago de la tasa:
- Personas con discapacidad igual o superior al 33% (se debe presentar certificado acreditativo).
- Demandantes de empleo con al menos un mes de antigüedad antes de la publicación de la convocatoria, siempre que no hayan rechazado ofertas de empleo ni formación y sus ingresos mensuales no superen el Salario Mínimo Interprofesional.
- Familias numerosas:
- Categoría especial: exención del 100%.
- Categoría general: reducción del 50%. (Se debe presentar título actualizado).
- Víctimas del terrorismo:
- Aplicable a afectados directos, cónyuges y descendientes. (Se debe acreditar mediante resolución administrativa o sentencia firme).
- Víctimas de violencia de género y sus hijos/as:
- Exención del 100%.
- Se debe acreditar mediante resolución judicial, informe del Ministerio Fiscal o documentación oficial vigente.
Nota:
El pago de la tasa o su exención no sustituye la obligatoriedad de presentar la solicitud en tiempo y forma.